TODO MENOR DE 18 AÑOS DEBERÁ PORTAR UN PERMISO NOTARIADO PARA VIAJAR AL EXTERIOR SOLO, CON UN TERCERO, Y/O CON UNO DE SUS PADRES.
En caso de que el menor viaje solo o con terceros la autorización deberá contener los nombre y números de cédulas de identidad o pasaportes de ambos padres, así como el nombre del niño, su nacionalidad y la autorización o consentimiento de los representantes para que el menor viaje.
En los permisos para viajar con uno de los padres, el representante que permanecerá en el país deberá colocar sus datos y autorizar a su cónyuge, señalando la nacionalidad y número de cédula, para que acompañe al menor.
Dicha autorización deberá encabezarse con la cita: "De conformidad con lo establecido en la nueva Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, Sección Quinta Autorizaciones para viajar, artículos 391 al 393"
En breve tiempo redactaremos el documento en el cual un progenitor autoriza al otro o ambos autorizan al menor a viajar, solo o con un tercero.
Ud. Puede contar también con los servicios de:
- Redacción de todo tipo de documentos: Venta de Vehículos, Contratos de Arrendamiento, Contrato de Compra - Venta de Inmuebles, Cartas de Solterías, Poderes (General y Especial), Testamentos, Títulos Supletorios, Permiso de Menores para Viajar, Asambleas de Compañías y Sociedades Civiles, Declaración Jurada, entre otros.
- Registro y Constitución de Sociedades Civiles y Mercantiles de todo tipo en Venezuela: Compañías Anónimas, Sociedades de Responsabilidad Limitada, Firmas Personales, Sociedades Sin Fines de Lucro, Cooperativas y Fundaciones. El servicio tiene como finalidad darle la mejor asesoría y profesionalismo.
- Asesoría y Trámites en el Registro de la "Propiedad Intelectual", Marca, Patente y Derecho de Autor.
- Divorcio y Separación de Cuerpos.
- Declaración Sucesoral y Partición de Bienes.
- Asesorías Gratuitas On Line.
En caso de que el menor viaje solo o con terceros la autorización deberá contener los nombre y números de cédulas de identidad o pasaportes de ambos padres, así como el nombre del niño, su nacionalidad y la autorización o consentimiento de los representantes para que el menor viaje.
En los permisos para viajar con uno de los padres, el representante que permanecerá en el país deberá colocar sus datos y autorizar a su cónyuge, señalando la nacionalidad y número de cédula, para que acompañe al menor.
Dicha autorización deberá encabezarse con la cita: "De conformidad con lo establecido en la nueva Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, Sección Quinta Autorizaciones para viajar, artículos 391 al 393"
En breve tiempo redactaremos el documento en el cual un progenitor autoriza al otro o ambos autorizan al menor a viajar, solo o con un tercero.
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